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Acoso y violencia laboral

Acuerdo del Consejo de Ministros sobre la eliminación de la violencia y el acoso en el trabajo.

En el Consejo de Ministros celebrado el pasado 14 de febrero se adoptó el Acuerdo por el que se toma conocimiento de la Recomendación número 206 de la Organización Internacional del Trabajo sobre la eliminación de la violencia y el acoso en el mundo del trabajo, y se dispone su remisión a las Cortes Generales, a efectos de su conocimiento.

Eliminación de la violencia y el acoso en el trabajo

En el Consejo de Ministros celebrado el pasado 14 de febrero se adoptó el Acuerdo por el que se toma conocimiento de la Recomendación número 206 de la Organización Internacional del Trabajo sobre la eliminación de la violencia y el acoso en el mundo del trabajo, y se dispone su remisión a las Cortes Generales, a efectos de su conocimiento.

En dicha Recomendación, adoptada el 21 de junio de 2019, se establece que los estados miembros deberán especificar en su legislación interna la participación de las personas trabajadores en la elaboración, aplicación y seguimiento de las políticas del lugar de trabajo relativas a la violencia y al acoso.

Asimismo, dispone que esas políticas deben tener en cuenta los riesgos derivados de situaciones de discriminación, del abuso de las relaciones de poder y de las normas de género que fomentan la violencia y el acoso.

A lo largo de su articulado, el documento trata de proteger de forma específica la violencia que pueda producirse contra las mujeres en el entorno laboral, siguiendo la misma línea que ya contiene el Convenio de la OIT sobre la violencia el acoso de 2019. Se adopta así un enfoque que tiene en cuenta las consideraciones de género y aborda las causas subyacentes y los factores de riesgo que sufren las trabajadoras.

A nivel interno, el pasado 7 de septiembre de 2022 entraba en vigor la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual, con el objetivo de remover los obstáculos para la prevención de las violencias sexuales y garantizar una respuesta adecuada, integral y coordinada que proporcione atención, protección, justicia y reparación a las víctimas.

En el ámbito laboral, la nueva norma establece la obligatoriedad para las empresas de promover condiciones de trabajo que eviten la comisión de delitos y otras conductas contra la libertad sexual y la libertad moral en el trabajo, incidiendo especialmente en el acoso sexual y en el acoso por razón de sexo, incluidos los cometidos en el ámbito digital.

Asimismo, la ley obliga a las organizaciones a formar a sus plantillas en la materia, con el objetivo de promover la protección integral contra las violencias sexuales a todo el personal a su servicio.

Desde Criteria te ofrecemos la oportunidad de aprender de una forma práctica y de fácil aplicación todos los conocimientos necesarios para identificar el acoso sexual y el acoso por razón de sexo, así como la violencia sexual en el entorno laboral, obteniendo las herramientas necesarias para su prevención y gestión de forma adecuada, con la máxima protección hacia las víctimas y cumpliendo con la normativa vigente.

El nuevo curso Prevención y actuación frente al acoso sexual y acoso por razón de sexo en el ámbito laboral, incorpora las últimas novedades introducidas a raíz de la entrada en vigor de la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual, que ha reforzado las obligaciones de la empresa entorno a la violencia sexual ejercida en entornos laborales, especialmente en lo que se refiere a la formación de la plantilla.

 

 

 

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En el Consejo de Ministros celebrado el pasado 14 de febrero se adoptó el Acuerdo por el que se toma conocimiento de la Recomendación número 206 de la Organización Internacional del Trabajo sobre la eliminación de la violencia y el acoso en el mundo del trabajo, y se dispone su remisión a las Cortes Generales, a efectos de su conocimiento.

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