¿Qué es el Plan de Igualdad?
El Plan de Igualdad es un conjunto de medidas y estrategias diseñadas para garantizar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en el entorno laboral. Su objetivo principal es eliminar cualquier tipo de desigualdad y discriminación, tanto directa como indirecta, promoviendo condiciones laborales justas y libres de sesgos de género.
Desde la entrada en vigor de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, las empresas cuentan con la obligación de diseñar, elaborar e implementar estos planes en función del tamaño de su plantilla. Además, estos planes deben adaptarse a las necesidades específicas de cada organización, las cuales se detectan en la realización del diagnóstico que sirve para disponer de una imagen de la situación de la empresa en materia de igualdad.
A partir de los resultados de este diagnóstico se establecen medidas específicas y adaptadas a las necesidades de la organización en materia de contratación, promoción, condiciones de trabajo, conciliación y corresponsabilidad, comunicación, etc.
¿Cuál es la vigencia de los planes de igualdad para empresas?
El Plan de Igualdad tiene una duración determinada, la cual se define en el propio documento tras su negociación en la Comisión Negociadora.
La vigencia máxima de los planes de igualdad es de cuatro años, aunque cada empresa puede definir un período distinto según su situación. Durante este tiempo, la norma establece la obligatoriedad de realizar un seguimiento continuo de las acciones, así como dos evaluaciones, la evaluación intermedia y la evaluación final.
Estas acciones permiten verificar el cumplimiento de las medidas implementadas y evaluar su efectividad. Si se detectan desigualdades persistentes, la Comisión de Seguimiento puede realizar modificaciones para mejorar los resultados. Además, en caso de fusiones, adquisiciones o cambios en la estructura organizativa, el plan y su diagnóstico deberá revisarse y ajustarse en consecuencia.

Guía Plan de Igualdad 2025: ¿Qué empresas deben aplicarlo?
La obligatoriedad del plan de igualdad varía según el número de la plantilla. En la actualidad, todas las organizaciones que cuenten con 50 personas trabajadoras están legalmente obligadas a implementar un Plan de Igualdad.
¿Cuándo es obligatorio el Plan de Igualdad?
El Plan de Igualdad es obligatorio para:
- empresas de cincuenta o más personas trabajadoras en plantilla.
- empresas cuyo convenio colectivo lo establezca expresamente.
- empresas a las que la autoridad laboral hubiera acordado en un procedimiento sancionador la sustitución de las sanciones accesorias por la elaboración y aplicación del plan de igualdad.
El Plan de igualdad, requerimiento para optar a ayudas y concursos públicos
Uno de los aspectos clave de la obligatoriedad del Plan de Igualdad es su relación con las ayudas públicas. Para acceder a subvenciones, licitaciones y concursos públicos, las empresas deben demostrar que cumplen con los requisitos de igualdad, lo que hace que el Plan de Igualdad sea un requisito indispensable en muchos sectores.
Las administraciones públicas exigen que las empresas que deseen acceder a financiación gubernamental o participar en contratos con entidades estatales cuenten con un Plan de Igualdad registrado y actualizado. De no cumplir con este requisito, la empresa puede ser excluida automáticamente de estos procesos, lo que supone una gran desventaja competitiva.
Además, cada vez es más frecuente que organismos privados incluyan entre sus criterios de selección la existencia de un Plan de Igualdad efectivo. Esto significa que, incluso fuera del ámbito de lo público, las compañías que no implementen estas políticas pueden ver limitada su capacidad para obtener nuevas oportunidades de negocio.
Implantación y contenido del Plan de Igualdad obligatorio
El proceso de implantación del Plan de Igualdad consta de varias fases:
- Diagnóstico de la situación: análisis inicial de las condiciones de igualdad en la empresa.
- Diseño del Plan de Igualdad: establecimiento de objetivos, estrategias y medidas concretas.
- Negociación y aprobación: constitución de una Comisión Negociadora paritaria de representantes de la empresa y de representantes de las personas trabajadoras encargada de negociar tanto el diagnóstico como el Plan de Igualdad.
- Ejecución de las acciones: implementación de las medidas acordadas y supervisión de su cumplimiento.
- Seguimiento y evaluación: análisis del cumplimiento de las acciones y del impacto de las mismas en la plantilla.
Áreas de trabajo del Plan de Igualdad
- Proceso de selección y contratación: garantizar la igualdad de oportunidades y evitar cualquier tipo de discriminación en el acceso al empleo.
- Clasificación profesional: establecer criterios equitativos y objetivos en la asignación de puestos y categorías profesionales.
- Formación: promover el acceso igualitario a la capacitación para favorecer el desarrollo profesional de todas las personas.
- Promoción profesional: fomentar el ascenso profesional en condiciones de igualdad, eliminando barreras de género en las oportunidades de crecimiento laboral.
- Condiciones de trabajo y auditoría salarial: asegurar la igualdad retributiva y unas condiciones laborales justas para mujeres y hombres, conforme a la normativa vigente.
- Ejercicio corresponsable de los derechos de la vida personal, familiar y laboral: facilitar medidas que permitan compatibilizar la vida personal, familiar y profesional de manera equilibrada.
- Infrarrepresentación femenina: equilibrar la presencia de mujeres en áreas, departamentos y niveles donde están subrepresentadas.
- Retribuciones: garantizar una remuneración igualitaria para trabajos de igual valor.
- Prevención del acoso sexual y por razón de sexo: implementar medidas para prevenir y abordar conductas de acoso en el entorno laboral.
Normativa que regula el Plan de Igualdad
El Plan de Igualdad está regulado por diversas normativas, entre las que destacan:
- Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
- Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación.
- Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro y se modifica el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.
- Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres.
Inspección, multas y sanciones por incumplimiento
Las empresas que no cumplan con la obligación del Plan de Igualdad pueden enfrentarse a multas y sanciones severas.
Las inspecciones de trabajo están aumentando su control sobre el cumplimiento de estos planes, con especial atención a la existencia de medidas reales y efectivas para garantizar la igualdad. No solo se sanciona la falta de un Plan de Igualdad, sino también la ausencia de seguimiento, auditorías o medidas concretas dentro del mismo.
Asimismo, las sanciones pueden ser leves, graves o muy graves, dependiendo de factores como la reincidencia de la empresa, la falta de negociación con la representación legal de la plantilla o el incumplimiento de las medidas acordadas en el propio plan. En los casos más graves, además de las multas, se pueden imponer restricciones adicionales que afecten la operatividad y reputación de la empresa.
El Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto define como una sanción grave no cumplir con las obligaciones en materia de planes y materias de igualdad establecidas en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo. Estas infracciones graves pueden conllevar sanciones desde 751€ hasta 7.500€.
En el caso de que la infracción se deba a no elaborar o no aplicar el plan de igualdad, o hacerlo incumpliendo manifiestamente los términos previstos, o por decisiones unilaterales de la empresa que impliquen discriminaciones directas o indirectas, pasaría a considerarse como muy grave, lo cual conllevaría una sanción económica de 7.501€ a 225.018€.
En conclusión, el Plan de Igualdad para empresas no solo es una obligación legal, sino una herramienta esencial para garantizar un entorno laboral justo e inclusivo. Su implementación y cumplimiento no solo evita sanciones, sino que mejora las condiciones de la plantilla y fomenta la atracción y retención del talento, además de impulsar la imagen y reputación de las empresas, permitiéndoles acceder a mejores oportunidades de negocio y crecimiento.
¿Cómo te ayuda Criteria a implementar un plan de igualdad?
Criteria ofrece una amplia gama de servicios para ayudar a las empresas en la implementación de su Plan de Igualdad en REGCON, asegurando el cumplimiento de la normativa vigente y promoviendo un entorno laboral equitativo. Entre los servicios que proporciona se incluyen:
- Desarrollo del diagnóstico del Plan de Igualdad: realización de un análisis detallado de la situación actual de la empresa en materia de igualdad, identificando áreas de mejora y fortalezas.
- Elaboración del Plan de Igualdad: definición de políticas y diseño de medidas específicas para promover la igualdad de oportunidades y prevenir la discriminación por razón de sexo.
- Evaluaciones intermedia y finales de Planes de Igualdad: seguimiento y análisis de la implantación de las acciones para evaluar su impacto y proponer los ajustes necesarios.
- Consultoría y asesoría: apoyo a empresas que desean desarrollar internamente su propio Plan de Igualdad, ofreciendo orientación experta en cada etapa del proceso.
- Auditorías salariales: análisis de las estructuras y políticas salariales para detectar y corregir posibles desigualdades retributivas entre mujeres y hombres.
- Tramitación de subvenciones: gestión de ayudas disponibles para financiar total o parcialmente los gastos asociados a la elaboración o implementación del Plan de Igualdad.
Además, Criteria ofrece otros servicios relacionados, como la elaboración de guías de buenas prácticas, asesoramiento en el registro de Planes de Igualdad, desarrollo de protocolos contra el acoso sexual y por razón de sexo, y campañas de sensibilización en materia de igualdad. Su enfoque integral y personalizado permite a las organizaciones crear entornos laborales más justos, sanos e igualitarios.
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