Registro de Planes de Igualdad
Las Administraciones Públicas ya pueden registrar sus Planes de Igualdad y Protocolos contra el acoso sexual y acoso por razón de sexo.
El Estatuto Básico del Empleado Público establece en su Disposición adicional séptima, la obligación de las Administraciones Públicas de contar con un Plan de Igualdad. Esta obligación opera con independencia del número de personas trabajadoras, dado que la misma norma exige a los entes estatales, autonómicos y locales la obligación de respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral, para lo cual deben adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres.
Al igual que en el caso de las empresas privadas, la legislación establece la necesidad de que estos planes se desarrollen dentro de un proceso de negociación con la representación legal de empleados y empleadas públicas.
La importancia de adoptar planes de igualdad en las Administraciones Públicas radica no únicamente en el hecho de que, tratándose de entidades empleadoras, sus medidas y acciones repercuten directamente en sus plantillas, sino también en el hecho de que funcionan como paradigma para el resto de organizaciones privadas, tratándose de instituciones clave para corregir y eliminar las desigualdades y discriminaciones por razón de sexo y cuya actuación redunda y se refleja en el resto de la sociedad.
No obstante, el pasado mes de febrero el sindicato CCOO publicaba un estudio en el que concluía que de los 8.131 municipios españoles, solo 235 cuentan con plan de igualdad, lo que supone menos de un 3% del total.
Ante esta situación, el pasado 21 de marzo se publicaba en el BOE la Resolución de 16 de marzo de 2023, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se crea el Registro de planes de igualdad de las Administraciones Públicas y sus protocolos frente al acoso sexual y por razón de sexo. El registro contendrá los documentos soporte de los planes y protocolos que ya han sido objeto de aprobación por sus respectivas Administraciones, permitiendo aunar en un solo espacio todos los documentos adoptados en esta materia, a los efectos de facilitar a la ciudadanía su acceso y conocimiento.
A este fin, se ha habilitado una dirección de correo electrónico (registro.planespublicosigualdad@correo.gob.es) a la que los órganos competentes en materia de igualdad deberán remitir los siguientes documentos:
- Planes de Igualdad de las Administraciones Públicas (estatal, autonómica y local), así como de aquellos organismos públicos que tengan la consideración de Administración Pública o que estén integrados en la misma y tengan un plan de igualdad propio.
- Protocolos frente al acoso sexual y por razón de sexo del mismo ámbito.
Los Planes y Protocolos serán publicados en la sección de igualdad de la página web del Ministerio de Hacienda y Función Pública https://funcionpublica.hacienda.gob.es, así como en el portal www.administracion.gob.es para general conocimiento.
En Criteria, contamos con profesionales con experiencia en la elaboración e implantación de Planes de Igualdad de Administraciones Públicas estatales, autonómicas y locales. Infórmate y te haremos una propuesta detallada y personalizada en función de las necesidades específicas y fase en la que te encuentres.
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